Consulta Juridica Inmobiliaria
Junio 22 de 2020
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queremos comprar un apartamento con Bono Vivienda, yo ya tengo una casa... pero ella no, si compramos a nombre de los dos nos beneficiamos del BONO? -Me preguntó Rafael-
-No Rafael, le respondo- según la norma 02-16, para beneficiarse del Bono ambos deben cumplir con la condición de NO TENER INMUEBLES REGISTRADOS A SU NOMBRE. Y ambos deben solicitar la Certificación de No Propiedad ante la Dirección General de Catastro Nacional...Como ya tú tienes un inmueble Registrado a tu nombre pues le arrastra a ella si compran en conjunto a que no se beneficien del Bono.
-Y si compramos solo a nombre de ella? - pregunta Rafael- Pues en ese caso.. le digo - el inmueble sería a nombre de ella solamente, el Certificado de Título de Propiedad saldría a nombre de ella, y ese Inmueble sería un bien propio de ella, no formará parte de la comunidad matrimonial, ya que ella está comprando un inmueble antes de casarse.
- Entonces qué me sugieres? Porque yo estoy aportando dinero - Pregunta él - Te pregunto yo a tí - que tiene más importancia para tí, ser beneficiado con el Bono Vivienda o un inmueble a nombre de ambos, en donde los dos sean propietarios 50/50?
Fin de la consulta
Ustedes qué opinan...que le conviene más a Rafael?